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Cláusula 9.2. RENDICIÓN DE CUENTAS.
La Sociedad Administradora rendirá un informe detallado y pormenorizado de la gestión realizada con los recursos captados por la Cartera Colectiva, el cual contendrá la siguiente información: particularidades del portafolio de inversiones, los riesgos asociados con éste, el desempeño de sus activos y los retornos obtenidos. Así mismo se informará sobre la condición financiera de la cartera, los cambios en ésta, los resultados de las operaciones adelantadas, la evolución del valor de la unidad de la Cartera Colectiva y la evolución de los gastos imputables a la Cartera Colectiva. Este informe deberá presentarse cada seis (6) meses, con cortes a 30 de junio y 31 de diciembre, y remitirse a cada adherente por medio impreso a la dirección registrada por éstos para la recepción de correspondencia, o puesto a disposición según las instrucciones expresas entregadas por cada inversionista, dentro de los quince (15) días comunes contados a partir de la fecha del respectivo corte.

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