
Los instrumentos de renta fija en los que se invertirá son:
1-Emisores Nacionales:
Títulos de deuda publica interna y externa
Otros títulos de deuda pública sin garantía de la Nación
Títulos emitidos por el Banco de la República
Bonos
Títulos hipotecarios
Títulos emitido en procesos de titularización
Depósitos a la vista en Establecimientos de Crédito Nacionales
Los títulos emitidos por entidades diferentes a la Nación, Banco de la República o por el Fondo de Garantías de Instituciones Financieras FOGAFIN, deberán contar con una calificación mínima de A menos (A-).
2-Emisores del Exterior:
Títulos emitidos por gobiernos o bancos centrales extranjeros
Títulos emitidos por bancos del exterior: comerciales o de inversión
Títulos emitidos por entidades del exterior diferentes de bancos
Títulos emitidos por organismos multilaterales de crédito
Depósitos a la vista en bancos del exterior.
Todos estos títulos deberán estar inscritos en el registro nacional de emisores o valores o su equivalente en cada país y, contar con una calificación mínima de grado de inversión, otorgada por una calificadora de riesgo internacional.
Igualmente, podrán estar denominados en pesos colombianos, en moneda extranjera, o en otras unidades monetarias autorizadas en el país.
Los instrumentos de renta variable en que se invertirá, serán acciones inscritas en una bolsa de valores, derechos o participaciones en carteras colectivas administradas por compañías vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia.

POLITICAS GENERALES DE INVERSIÓN:
La Cartera Colectiva únicamente invertirá en valores de renta variable o fija que se encuentren inscritos en una bolsa de valores ó en el Registro Nacional de Valores y Emisores todas las operaciones deberán efectuarse a través de una bolsa de valores o cualquier otro sistema transaccional autorizado por la Superintendencia Financiera de Colombia, sin perjuicio de que sean celebradas en mercado primario de forma directa con el emisor del título. |