CAPÍTULO II. POLÍTICA DE INVERSIÓN.
 
 


Cláusula 2.4. OPERACIONES DE COBERTURA.

La Cartera Colectiva podrá utilizar herramientas para incrementar o disminuir su exposición a la volatilidad en el precio o cualquier otro factor que pueda afectar su valoración. Estas herramientas incluyen derivados como forwards, swaps, inversiones indexadas y otros, y serán utilizadas para tratar de controlar el riesgo y la rentabilidad del portafolio. Debido a cambios imprevistos en el mercado, es posible que en algunas ocasiones el uso de tales herramientas ocasione pérdida de valor para la Cartera Colectiva.

El costo de este tipo de operaciones será informado en el informe de rendición de cuentas a que se refiere la Cláusula 9.2 del presente Reglamento y podrán efectuarse sobre el 100% de la posición descubierta del portafolio de inversión. El informe de rendición de cuentas se podrá consultar en la página web, www.fondosdeinversionbolivar.com.co y se tendrá a disposición en medio físico en la sede de la Administradora.


 


 

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