Las obligaciones de la sociedad administradora del fondo relacionadas con la gestión del portafolio, son de medio y no de resultado. Los dineros entregados por los suscriptores a la cartera colectiva no son depósitos, ni generan para la sociedad administradora las obligaciones propias de una institución de depósito y no están amparados por el seguro de depósito del Fondo de Garantías de Instituciones Financieras FOGAFÍN, ni por ninguno otro de dicha naturaleza. La inversión en la cartera colectiva está sujeta a los riesgos de inversión, derivados de la evolución de los precios de mercado de los títulos que componen el portafolio de la respectiva cartera |